1 - ALQUILER
2 - APTITUD
3 - FIANZA
4 - SEGUROS
5 - EQUIPAMIENTO DEL BARCO
6 - CONSUMIBLES
7 - BICICLETAS
7 - ANNULACIÓN
8 - MODIFICACIONES
9 - EMBARQUE
10 - INTERRUPCIONES O RESTRICCIONES DE NAVEGACIÓN
11 - AVERÍAS
12 - DETERIOROS - ACCIDENTES
13 - ABANDONO DEL BARCO
14 - RESTITUCIÓN
15 - JURISDICCIÓN
- El alquiler es definitivo cuando Nicols o un agente, confirma al arrendatario
su reserva después de recibir el formulario de reserva y la cantidad a cuenta
estipulada. El arrendatario está informado de que, según el
articulo L - 121-20-4 del codigo del consumo, no puede utilizar su derecho
de retractación.
- Pago final. El resto deberá pagarse un mes antes de la salida, sin que
sea necesario que Nicols tenga que reclamar el pago al arrendatario.
- Documentación. A la recepción del pago, Nicols o un agente enviarán al
arrendátario los documentos pertinentes.
- Todo alquiler realizado con menos de 30 días de antelación a la salida
deberá ser abonado en su totalidad en el momento de la reserva. Cualquier
gasto bancario ira a cargo del arrendatario.
- El responsable de la tripulación deberá ser mayor de edad y es responsable
del barco y de las personas que naveguen con él.
- La conducción del barco es posible solamente para las personas mayores
de 16 años de edad, en presencia efectiva a bordo y bajo la responsabilidad
de una persona designada sobre la “carte de plaisance” (carta de recreo)
como titular o habiendo atendido las clases de enseñanza inicial.
- El arrendador se reserva el derecho a denegar la entrega del barco si
el responsable no parece apto para asumir esta responsabilidad, a pesar
de cualquier referencia, títulos o diplomas eventualmente presentados. En
este caso, el arrendatario estará en la posibilidad de cancelar el contrato
sin ningún reembolso del o de las cantidades cargadas.
- El responsable de la tripulación se hará cargo del barco después de cumplir
las formalidades (fianza, inventario), recoger los documentos admnistrativos
y recibir las instrucciones de navegación necesarias
- El arrendatario deberá cumplir la reglamentación de navegación fluvial
vigente y las instrucciones que reciba del arrendador y de las autoridades
fluviales.
- Está prohibida la navegación de noche, remolcar, prestar o alquilar el
barco.
- El importe varía según el tipo de barco. Se deposita en el momento del
embarque en efectivo o tarjeta de crédito.
- Una parte corresponde a la franquicia del seguro del barco y a una perdida
de explotación (fianza del barco) y otra a la limpieza, por si el barco
no es devuelto perfectamente limpio (fianza de limpieza).
El importe comprende el seguro del barco que cubre los daños accidentales
del barco o causados a terceros por el barco. Este seguro no garantiza :
las personas a bordo del barco, sus objetos personales y su propia responsabilidad
civil; la perdida o la deterioración de material o equipamiento; el mal
uso del barco por el arrendatario; las bicis y su utilización. El arrendatario
permanece su propio asegurador a concurrencia del importe de la fianza.
Podrá suscribir con el asegurador de su conveniencia o con el arrendador
uno o los seguros que cubren :
- Los gastos de anulación (excepto los gastos de expediente)
- Sustitución de la mitad de la fianza del barco
- Interrupción del crucero.
- Accidentes corporales.
El seguro no garantiza la responsabilidad civil del arrendatario ni los
daños, perdidas y otros gastos que resultan por ejemplo de un comportamiento
culpable, intencional o inexcusable, de conducir en estado de embriaguez
y / o bajo la influencia de estupefacientes o en infracción al codigo de
la navegación fluvial.
5 - EQUIPAMIENTO DEL BARCO
El arrendatario se compromete a informar sobre cualquier perdida, robo o
deterioro del equipo del barco y, si corresponde, a su reintegro.
6 - CONSUMIBLES
Están a cargo del arrendatario los carburantes, lubricantes, combustibles
para la cocina, y en un modo general todos los consumibles necesarios para
la buena marcha y el cuidado del barco durante todo el tiempo del alquiler.
La tarifa aferente a estos puestos está indicada a valoración del arrendador,
y está sujeta a las variaciones de los cursos del mercado. Las eventuales
tasas de amarre o gastos de aparcamiento están a cargo del arrendatario
y dependen de las escalas seleccionadas.
7 - BICICLETAS
Las bicicletas las custodia el arrendatario y están bajo su entera responsabilidad.
En caso de robo, el arrendatario está obligado a hacer la declaración ante
las autoridades policiales competentes y proporcionarle al arrendador el
original del atestado correspondiente. El arrendatario o cualquier persona
utilizando con su acuerdo, una de las bicicletas alquiladas, es el único
responsable de los accidentes o daños causados o sufridos por el uso de
dichas bicicletas.
Por el arrendatario :
Cualquier anulación deberá ser notificada por escrito.
Los gastos de anulación son los siguientes:
- Más de 8 semanas antes de la salida : 150 Euros de gastos de expediente.
- De 4 a 8 semanas antes de la salida : 30% del importe del alquiler (1).
- Menos de 4 semanas antes de la salida : 100% del importe del alquiler.
En caso de que el barco fuese realquilado antes de la salida los gastos
quedarían reducidos a los 150 Euros de gastos de expediente.
Por el arrendador.
Si por circunstancias involuntarias al arrendador, este no pudiese facilitar
al arrendatario el barco alquilado, este se verá obligado a intentar facilitarle
un barco similar en confort y capacidad equivalente. En caso de imposibilidad
de reemplazar el barco en el plazo convenido, el arrendatario reembolsará
al arrendador el importe del alquiler excluyendo cualquier otra suma, así
como los posibles daños y perjuicios ocasionados.
Todo perjuicio resultante de un cambio (de fecha, de barco, de región) solicitado por el cliente y aceptado por la compañía, será asumido en su totalidad por el cliente. Los costes se determinará en base a las condiciones de anulación (ver párrafo 8).
10 - EMBARQUE
En caso de un trayecto de "solo ida" los puertos de embarque y desembarque
podrán ser permutados. Asimismo un trayecto de "solo ida" podrá convertirse
en un trayecto de "ida y vuelta" por motivos ajenos a la voluntad del arrendador.
En este último caso, solo el importe correspondiente al suplemento "solo
ida" será reembolsado. Es obligatorio llamar 48 horas antes del día de salida
a la base para confirmar el trayecto de "solo ida" y el sentido del mismo.
Estas modificaciones no podrán ser, en ningún caso, causa de anulación ni
de indemnización.
11 - INTERRUPCIONES
O RESTRICCIONES DE NAVEGACIÓN
- El arrendador no será responsable de cualquier indemnisación en caso
de interrupciones o restricciones de navegación debidas a razones distintas
de su voluntad (obras, crecidas, sequía, huelgas, ordenes administrativas,
etc…).
- Si estos acontecimientos conllevan el paro total de la navegación, sea
el arrendedor puede modificar el lugar y fechas de la salida y llegada del
crucero, proponiendo un barco equivalente o más grande; sea las cantidades
cargadas pueden ser utilizadas para otro crucero posterior convenido entre
las partes. Al no ser el caso, estarán conservadas por el arrendatario.
- Si los acontecimientos se produjesen durante el crucero y estos conllevaran
el paro total de la navegación y la perdida de uno o más días, estos serían
reembolsados. En estos casos existe una franquicia de 24 horas (o 48 horas
para la región Lot y de la Baïse).
El arrendador pone al servicio del arrendatario un servicio de reparación
gratuito que le asistirá tras una simple llamada, durante las horas de servicio.
Este servicio se deberá pagar en caso de comportamiento culpable del arrendatario.
Averías no imputables al arrendatario : La imposibilidad de navegación ocasionada
por una avería no imputable al arrendatario será objeto de un reembolso
a prorrata del tiempo del alquiler no cumplido. En estos casos existe una
franquicia de 24 horas.
Averías imputables al arrendatario : Si se demuestra que la avería del barco
es imputable al arrendatario, éste no tendrá derecho a indemnización.
El arrendador se reserva el derecho a retener la cantidad depositada como
franquicia hasta conocer los gastos de reparación del barco.
Ninguna reclamación es posible en caso de accidente ocasionado por negligencia
del arrendatario.
El arrendatario deberá informar inmediatamente al arrendador sobre cualquier
siniestro. Este le informará sobre los pasos a seguir.
El arrendatario no deberá reparar o hacer reparar las destrozas o averías
sufridas por su barco, sin acuerdo con el arrendador.
El arrendatario se ofrece a rellenar el atestado de accidente y hacerlo
completar y firmar por las partes terceras.
Los siniestros no imputables al arrendador no podrán ser objeto de indemnización
en caso de que estos supongan la interrupción del crucero.
En caso de abandono del barco, excepto en caso súbito
y prolongado de impraticabilidad de la vía de agua, el arrendatario facturará
al arrendedor los gastos de rapatrimiento del barco hacia la base de llegarda,
segun un costo fijo por día de 100 euros, más los gastos de carburante y
limpieza.
El barco deberá ser devuelto al lugar, el día y a la hora convenida,
excepto en caso de fuerza mayor.
El responsable de la tripulación tendrá que preveer un margen de seguridad
que le permita garantizar el respeto de la hora de devolución.
El barco será devuelto al arrendador en el estado en que fue entregado y
tras repasar el inventario inicialmente realizado.
El arrendatario será el responsable de cualquier gasto ocasionado por el
retraso en la devolución.
Cada día de retraso dará derecho a una indemnización equivalente al precio
habitual del alquiler, aumentada con los gastos que el arrendatario deberá
pagar al siguiente arrendatario.
En el marco de la normativa 90-314 del 13 de Junio de 1990 del Consejo de la Comunidad Europea, el alquiler no constituye un "Forfait". Solo el tribunal de Comercio del lugar de embarque será competente en caso de disputa (Convención de Bruselas 21/9/68 art. 5/1). Los lazos jurídicos que unen a Nicols y a sus afiliados, corresponden al lugar en que se realiza el contrato propiamente dicho. En todo caso, Nicols no puede intervenir en las modalidades de ejecución del contrato de alquiler y cada afiliado actúa como arrendador independiente.